El Tribunal Supremo confirma la competencia exclusiva de los arquitectos para los proyectos de cambio de uso de local a vivienda
La Sentencia nº 700/2026, de 4 de junio, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, fija, como doctrina jurisprudencial, que los arquitectos son los únicos técnicos habilitados para redactar un proyecto de cambio de uso de local a vivienda.
Dicho pronunciamiento parte de considerar que el cambio de uso, aunque sea de una única unidad del edificio, supone una modificación de la configuración arquitectónica. Así, los proyectos de obras que tengan por objeto cambiar los usos característicos de un edificio destinado a uso comercial a uso residencial, deben ser redactados por un arquitecto, en la medida que tales proyectos afectan a la definición y determinación de las exigencias y condiciones técnicas de habitabilidad, seguridad y funcionalidad de la edificación.
La Sala, recordando que con carácter general debe prevalecer el principio de “libertad de acceso con idoneidad” y que deben rechazarse monopolios competenciales injustificados, ha considerado que la interpretación conjunta del artículo 10.2.a) de la LOE, en relación con lo dispuesto en el artículo 2.1.a y 2.b), junto con el artículo 4, lleva a tal conclusión, la cual no resulta incongruente con los principios de necesidad y proporcionalidad enunciados en la Ley de Garantía de Unidad de Mercado.
Esta Sentencia marca un importante hito en la defensa de las competencias exclusivas y excluyentes de los arquitectos, y a buen seguro modificará el criterio de muchas Administraciones, que hasta la fecha venían admitiendo solicitudes de licencias de cambio de uso basadas en proyectos redactados por otros técnicos, que, tal y como ha confirmado ahora el Tribunal Supremo, no ostentan competencia para ello.
Aprovechamos esta noticia para recordar a todos los colegiados, y especialmente, a quienes prestan servicios para la Administración, que en el caso de que en un expediente se presenten dudas sobre la competencia del técnico autor del proyecto, puede solicitarse al CTAA la emisión de un informe sobre competencias. Podéis poneros en contacto con la Asesoría jurídica a través del siguiente e-mail: asesorias@ctaa.net